Fecha de presentación:
15 de Junio del 2022
Derecho a una vida digna
Nombre legal

Decreto que adiciona un párrafo décimo noveno al artículo 4.° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer que toda persona tiene derecho a una vida digna que le asegure su bienestar integral.

Descripción

El Estado deberá implementar políticas públicas que garanticen un medio ambiente sano, seguridad social universal, economía sostenible, trabajo digno y seguridad pública.

Turno

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Bienestar.

Ficha técnica
Tema
Derechos Humanos
Estatus
Turnada
Legislatura:
LXV
Periodo
Ordinario
Descargables

Comparte este post en tus redes favoritas